sábado, 5 de marzo de 2011

El Ministerio de Justicia

Elcolombiano.com


En su momento, se adujeron más que todo razones presupuestales para unir los Ministerios del Interior y el de Justicia. Según el proyecto de ley que en agosto del año pasado presentó la Administración Santos, y que se discute ahora en el Congreso, los gastos del ministerio fusionado no sólo no se redujeron, sino que aumentaron. No obstante, recordamos que desde gobiernos anteriores muchas voces señalaban que el Ministerio de Justicia estaba huérfano de competencias, y que sus funciones en la práctica se limitaban poco más que a gestionar el inmanejable Inpec.

Las altas Cortes, por su parte, han insistido en la necesidad de revivir esa entidad, "para tener una adecuada interlocución con el Ejecutivo". Nunca se ha explicado bien por qué tal interlocución no se podía tener con el ministro del Interior y de Justicia -cualquiera fuese quien ocupara el cargo-, a no ser que el motivo haya sido de orden "intuitu personae", como gusta decir a los juristas, es decir, de simpatías o antipatías personales, lo cual no sería, entonces, una objeción institucional sino política. Más que un relacionista, el país requiere un hombre o mujer de Estado.

Del proyecto del Gobierno para creación de ministerios y reforma de la administración central, en lo que hace relación al Ministerio de Justicia debe destacarse la creación del sistema único de defensa judicial del patrimonio del Estado, para la asistencia jurídica en los procesos por demandas que, como decíamos en editorial del pasado 19 de febrero, tiene al fisco al borde del colapso.

La implementación de este sistema de defensa puede tomar ejemplos como el del Consejo de Defensa del Estado en Chile, o los abogados del Estado en España, compuestos por profesionales de carrera, de conocimientos técnicos y jurídicos especializados, remunerados según escalas que podrían asimilarse a la de los notarios, y no sujetos al vaivén e intereses cruzados de la politiquería.

El pasado lunes, el ministro Vargas Lleras mencionó algunas de las funciones que tendría el nuevo Ministerio de Justicia y del Derecho: las garantías de acceso a la justicia, la descongestión judicial, mantener y fomentar las buenas relaciones con la rama jurisdiccional, y la garantía de los derechos. Algunas de esas atribuciones, en la actual estructura y organización estatal en Colombia, corresponden privativamente a la propia rama jurisdiccional, como el tema de la descongestión de los juzgados.

Igualmente, Vargas sugirió de paso la posibilidad de que ese ministerio asuma "competencias jurisdiccionales hoy asignadas al Ejecutivo", para que la entidad "salga a ofertar justicia" a los ciudadanos, y se encargue de asuntos propios de las Superintendencias -la Financiera, o la de Industria y Comercio-, concretamente a temas de protección a los clientes del sistema financiero, y de garantías al consumidor.

En sana lógica, el Ministerio de Justicia debería despegar una vez se haya concretado la supresión del Consejo Superior de la Judicatura, para lo cual se requiere reforma constitucional. En cuanto a las competencias hoy asignadas a las Superintendencias, habría que ver si desde el Ministerio, entidad de manejo político, sí funcionarán los procesos administrativos mejor de lo que hoy lo hacen en las entidades de pretendido carácter técnico como las Superintendencias.

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